Los accionistas constituyen la contraparte primaria de relación contractual de las organizaciones y sin embargo en muchos casos es el factor de riesgo más problemático al momento de conseguir información fiable para su segmentación. Qué aspectos debe el oficial tener en cuenta con esta contraparte?
El libro de accionistas y los títulos de las acciones, elementos clave para garantizar un completo conocimiento de los accionistas.
A continuación, se describen una serie de consideraciones, que deben ser tenidas en cuenta con el objetivo de disminuir la probabilidad de materialización de riesgos de LAFT para accionistas
El Libro de Accionistas
- Se debe llevar un libro de registro de socios o accionistas, en él deben ser anotados los títulos expedidos, indicando su número y fecha de inscripción. El libro debe permitir evidenciar la enajenación o traspaso de acciones, los embargos y demandas judiciales que se relacionen con éstas, las prendas y demás gravámenes o limitaciones de dominio, si fueren nominativas.
- En el libro deben reposar mínimo los datos de nombre, nacionalidad, domicilio, documento de identificación y número de acciones que cada uno posea, así como los embargos, gravámenes y enajenaciones que se hubieren efectuado y los datos de los títulos.
- Se sugiere anexar al libro de accionistas los formatos de conocimiento de los accionistas. En dichos formatos debe reposar información como: Origen certificado de ingresos, estados financieros, actividad económica principal, dirección de residencia, indicativo de calidad de PEP, indicativo de realización de operaciones en moneda extranjera, Profesión.
- Se requiere la definición de políticas claras de acceso a dicho libro y su manejo, indicando la responsabilidad de su custodia, los casos de autorización de consultas y los medios y procedimientos para llevar estas a cabo.
- En cualquier situación la organización debe garantizar tener el conocimiento de las variables mínimas relacionadas en los puntos anteriores para todos sus accionistas; estos datos son fundamentales para el modelo de clustering utilizado en su segmentación
Los Títulos de las Acciones
- Los títulos deben tener formato imprimible donde se registre el nombre, identificación y cantidad de acciones que tiene un accionista, así como el espacio para endosos al ser enajenado, endosado o cedido dicho título.
- Estos cambios deben también quedar registrados en el libro de accionistas para que se consideren válidos.
La Cesión o venta
- Se deben definir políticas y procedimientos que reglamenten la cesión, enajenación, endoso o venta de títulos. En todos los casos, dicho proceso debe garantizar que el área de cumplimiento pueda verificar la transacción con anterioridad a su ejecución.
- Se sugiere establecer un proceso de análisis del nuevo inversionista que incluya revisión en listas, la medición del riesgo asociado a la contraparte y que dicho proceso sea habilitante para posibilitar o viabilizar la finalización de la transacción.
- Por tanto, es imprescindible que todo prospecto de inversionista, diligencie el formulario de conocimiento para tal fin y se someta de manera voluntaria a las validaciones propuestas. Así mismo, el vendedor de los títulos debe conocer el proceso y acogerse a la presentación y validación del posible comprador.
- En los casos de acciones heredadas, donde desde la legalidad no es posible rechazar al receptor del título (En caso de que no pasara los controles definidos). Se debe definir una política de manejo. Se sugiere, en primera instancia la oferta de compra por parte de otros accionistas de
la compañía y en caso de no ser posible la ejecución de este procedimiento (por la cantidad y/o valor de las acciones o por negativa de quien hereda), realizar el procedimiento notificando a entes de control y reguladores las características de la operación y el contexto que obliga a
su ejecución. - Es recomendable contar con modelos de monitoreo sobre estas transacciones.